LISTADO DE POSIBILIDADES DONDE UN ARQUITECTO TECNICO PUEDE TRABAJAR

Competencias y Responsabilidades de un Arquitecto TECNICO

Conocer las competencias ARQUITECTO TECNICO nos sirve para ampliar las posibilidades de encontrar trabajo y para conocer mejor nuestra profesión.

En este blog dedicado a los profesionales con responsabilidad a pie de obra, es importante hablar de la profesión de Aparejador y/o Arquitecto Técnico, sus posibilidades, es decir, tratar el Trabajo de Arquitecto TECNICO.

El artículo de hoy está dirigido a los profesionales en búsqueda activa de trabajo. Lo que hoy tratamos para los profesionales con experiencia pudiera significar algo obvio, pero, a veces, para los que empiezan no lo es tanto, de eso me he dado cuenta ejerciendo de mentora de alguno de ellos. Por eso en cuanto detectemos qué puestos o dónde puede trabajar, sus competencias serán adivinadas.

 

ARQUITECTO TÉCNICO

EVOLUCIÓN DE ARQUITECTO TECNICO

Aparejador, Arquitecto Técnico en Ejecución de Obra, Arquitecto Técnico e Ingeniero de Edificación (con toda la polémica que conlleva este último), o como se llama en la mayoría de los países Ingeniero Civil.

El título ha evolucionado, la profesión en este país no tanto, pues se trata de convertirse en un experto en técnica constructiva y bajar todos estos conocimientos a tierra (o a obra), de diferentes formas, desde diferentes enfoques, desarrollando diferentes trabajos. Y esto es lo que vamos a ver hoy: dónde puedes ejercer de ARQUITECTO TECNICO.

LA FORMACIÓN DEL ARQUITECTO TECNICO

Título Universitario que empezó siendo de 5 años, condensados posteriormente a tres, para pasar a 4 ó 5 nuevamente.

En la formación como Arquitecto Técnico se adquieren todos los conocimientos necesarios para llevar a cabo la ejecución de una obra: instalaciones, estructuras, sistemas constructivos, topografía, organización de obra, economía, legislación, dirección de obra, calidad, seguridad, organización, materiales, dibujo, sistemas constructivos, normativa… Dicha formación es eminentemente técnica.

Por lo tanto, nuestro campo de acción, respetando la Legislación vigente, será todo lo relacionado con lo anterior.

 

TRABAJO DE ARQUITECTO TECNICO

¿Dónde puede trabajar un ARQUITECTO TECNICO?

Por cuenta ajena:

  • En promotoras, Project o como Director Técnico o Gestor.
  • En Cooperativas y/o Gestoras.
  • En administración de fincas.
  • En empresas constructoras, en obra y en otros departamentos de ésta.
  • En empresas constructoras (subcontratas de casi todos los oficios, desde albañilería hasta montaje de andamios), en obra y en otros departamentos de ésta.
  • En proveedores (fabricantes) y distribuidores, como comercial y/o en departamento técnicos.
  • En OCT (Control Técnico de Edificación para Seguro Decenal).
  • En Laboratorios de Control.
  • En Estudios de Arquitectura Técnica.
  • En Estudios de Arquitectura.
  • En Administraciones Públicas (previas oposiciones).
  • En Consultorías.
  • Empresas de Project Managment.
  • En empresas de Peritajes, incluso como perito judicial.
  • En Empresas de Tasaciones.
  • En Empresas de Coordinación de Seguridad y Salud.
  • En Empresas de Oficina Técnica.
  • En Servicios de Prevención ajenos a constructoras.

Como autónomo:

  •   Director de Ejecución. 
  •   Gestión de Licencias de Apertura y otras.
  •   Elaborando Proyectos, respetando la Ley de Competencias.
  •   Freelence: mediciones, cálculos, alzados, levantamientos, otras tareas.
  •   Gestionando obras de particulares.
  •   En cualquiera de las empresas anteriores, cada vez más se contrata autónomos, en lugar de formalizar un      contrato por cuenta ajena. Las condiciones contractuales varían, el trabajo sigue siendo el mismo, las  funciones.
  •  Peritajes/Tasaciones.
  •  Coordinador de Seguridad y Salud.

Como empresario:

  • Tu empresa constructora.
  • Tu propio estudio.
  • Otras empresas, incluso las descritas con anterioridad.

Conocer todos los campos en los que puedes participar, abre todo un abanico de posibilidades a la hora de buscar trabajo, y al tener más opciones, aumentan las posibilidades de tener éxito en dicha búsqueda activa de trabajo.

Claro que antes de aceptar un trabajo debes conocer sus implicaciones, sus responsabilidades, cumplir con la legislación vigente e incluso tener un seguro que nos respalde si procede.

CUANDO DEBE CONTRATAR UN SEGURO UN ARQUITECTO TECNICO

Cuando ejerces esta profesión, bien como persona física o jurídica, tienes la obligación legalmente de reparar el daño causado injustamente a un tercero. Esto es lo que se llama Responsabilidad Civil.

Al tener responsabilidad en una Ejecución de obra, existen riesgos en el ejercicio de tu profesión, y por tanto, asumes una responsabilidad civil y/o penal.

La Construcción, y por tanto, la ejecución de una obra, es una de las actividades considerada como de alto riesgo.

Durante la ejecución de una obra:

  • El Director de Obra.
  • Director de Ejecución de Obra.
  • Coordinador de Seguridad y Salud.
  • Una vez que asistes a la obra, aunque no hayas firmado un contrato con la Propiedad de la obra, pero estés ejerciendo como técnico,  estás asumiendo también esa misma responsabilidad. Es decir, el no tener firmado el contrato u Hoja De Encargo, no te exime de responsabilidad si vas a la obra y realizas este tipo de intervenciones técnicas, por lo que debes tener en vigor tu seguro de Responsabilidad Civil.
  • La Constructora.
  • La Propiedad.
  • El Proyectista/s.
  • Entidades y Laboratorios de Control de Calidad
  • Fabricantes, proveedores y Subcontratas.

Al finalizar la Ejecución de una obra (Responsabilidad Civil decenal, ver LOE):

  • El Director de Obra.
  • Director de Ejecución de Obra.
  • Contrata Principal.
  • Propiedad.
  • Proyectista.
  • Entidades y Laboratorios de Control de Calidad de la Obra.
  • Proveedores y Fabricantes.
  • Usuarios y propietarios

Además, este seguro debes mantenerlo en vigor mientras que exista riesgo de reclamaciones.


Te aconsejo que le eches un vistazo completo a La Ley 38/1999 de 5 de noviembre, de Ordenación de la Edificación, LOE.

 

RESPONSABILIDAD EN MATERIA DE SEGURIDAD Y SALUD

Analicemos los tres tipos diferentes de responsabilidades que existen:

Responsabilidad Administrativa:

La Inspección de Trabajo y Seguridad Social propondrá las sanciones por el incumplimiento de una norma. Normalmente, estas sanciones suelen ir destinadas a la Constructora y/o a Subcontrata/s. Rara vez va dirigida a un trabajador o a un miembro de la Dirección Facultativa o del Equipo de Obra.

Las sanciones son también por incumplimientos en cuanto a Higiene, no sólo a Seguridad

Responsabilidad Civil:

Que pretende indemnizar los daños y perjuicios causados por el incumplimiento de las obligaciones legales.

Responsabilidad Penal:

Que trata de proteger como bien jurídico la salud e integridad de los trabajadores. Para ello, antes es preciso poner en peligro grave la seguridad de los trabajadores como consecuencia del incumplimiento de una norma preventiva o por negligencia. O por causa de un accidente.

Por lo tanto, no sólo el Coordinador de Seguridad responderá ante un accidente de trabajo.


Ejerzas el puesto que ejerzas en una obra, jamás des una orden a un trabajador que ponga en riesgo su integridad física, o que sea un incumplimiento de la normativa vigente en esta materia.

EL JEFE DE OBRA Y SU RESPONSABILIDAD FRENTE A LA SEGURIDAD

En materia de seguridad, el Jefe de Obra es un agente con responsabilidad, quizás el más desamparado de todos, y por lo tanto, no sólo tiene que hacer de la Prevención y el cumplimiento de la normativa de Seguridad su PRIORIDAD. Sino que debe integrar ésta como una tarea de la ejecución más. Debe vigilar su cumplimiento, y ser muy estricto, aún cuando otros quieran relajarse.

El Jefe de Obra está cubierto por el seguro de la constructora. Sin embargo, puede ser imputado, y de hecho en ocasiones ocurre (cuando se demuestra negligencia por su parte), de forma individual, exponiéndose a multas altísimas, expedientes penales o cárcel, inhabilitación, etc.

No todas, pero hay determinadas empresas constructoras que utilizan el Informe que realiza el Servicio de Prevención, para intentar cubrirse. Lógicamente, esto implica dejar en mal lugar al equipo de obra, a la cabeza el Jefe de Obra. Es decir, si yo voy a obra… te pongo los medios, te corrijo una y otra vez, y no lo haces…. Mi culpa no es, luego es del responsable de la obra. Aunque no siempre sea cierto que te pone todos los medios (puede que no destine recursos suficientes al equipo de obra para atender todas las tareas)… Y además sobre la política de la empresa el Jefe de Obra no tiene poder, pero lo sufre, por lo tanto:

Mucho cuidado con firmar este tipo de informes sin saber lo que se firma.

E insisto, en materia de Seguridad y Prevención, siempre será una prioridad poner todas las medidas, y corregir cualquier situación que implique un riesgo, PERO NO SÓLO CORREGIR, INFORMAR que se ha corregido con emails, fotos y otras acreditaciones. No sólo las indicaciones del Coordinador de Seguridad, o una Inspección, deben ser respondidas así, sino también al Servicio de Prevención, en la amonestación a trabajadores nos dirigiremos a sus empresas, etc.

Cuando eres Jefe de Obra debes conocer la implicación completa de tus responsabilidades.

Sobre todo, en materia de Seguridad. Por ello, hay determinadas situaciones laborales, que no se deberían asumir tan a la ligera.

Ninguna obra se retrasa por priorizar la Prevención y Seguridad sobre lo demás, tampoco se ve afectada de forma significativa el beneficio económico. Lo que demuestra que: si sabes trabajar con Prevención, no te perjudica, te ayuda.

En el futuro, trataré este tema en más profundidad y te explicaré cómo lo he hecho yo a lo largo de mi carrera, cuál es mi postura frente a los diferentes situaciones que se pueden dar en una obra.

 

CONCLUSIONES

En este artículo, no sólo hemos visto otras vías en las que puedes desarrollar tu carrera profesional.

Además, he acordado hablar en mayor profundidad de los diferentes puestos que puedes ocupar dentro de una empresa constructora, de los que me ocuparé en futuros artículos.

Te he comentado la importancia del seguro de Responsabilidad Civil, y en qué casos debes contar con uno.

Hemos visto de forma breve qué agentes intervienen en un proceso constructivo y, por tanto, tienen diferentes grados de responsabilidad Civil.

Y hemos hablado de la responsabilidad penal, centrándola en el puesto del Jefe de Obra. Priorizando la Prevención y la Seguridad en tu obra, en cuanto asumas dichas funciones.

¿Tienes alguna duda respecto a este tema?

¿Quieres compartir alguna experiencia que hayas tenido sobre estos temas y que pienses pueda ayudar a otros compañeros?


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