ANEXOS Y PREVENCION DE RIESGOS

La PREVENCION DE RIESGOS y la necesidad de tener recogido en nuestro PLAN DE SEGURIDAD y en sus ANEXOS cualquier actividad, procedimiento, metodología constructiva, sistema constructivo, proceso y/o procedimiento constructivo, maquinaria y/o medio auxiliar, es objeto de este artículo, por la importancia que tiene, y porque debemos integrarlo en nuestro día a día. Cuando, por el motivo que sea, nuestro Plan de Seguridad, no recoge la realidad de la obra, en cuanto a los factores citados con anterioridad, debemos preocuparnos de realizar (junto con nuestro SERVICIO DE PEVENCION) el ANEXO correspondiente a dicho PLAN.

Hoy veremos todos los aspectos relacionados con estos ANEXOS al PLAN DE SEGURIDAD dentro de nuestra PREVENCIO DE RIESGOS, como son: ¿Cuándo se redacta un Anexo al Plan de Seguridad?;  ¿Quién es el responsable de redactar un ANEXO al Plan de Seguridad?; ¿Quién es el Responsable de aprobarlo?; ¿Cuándo se debe aprobar un Anexo?PREVENCION DE RIESGOS; ¿Quién firma un Anexo al Plan de Seguridad?; ¿Cómo se archiva un Anexo?; ¿Qué incluye un Anexo? Partes del Anexo al Plan de Seguridad. PREVENCION DE RIESGOS; CÓMO REDACTAR UN ANEXO CUANDO NO SABES O NO ES UNA MAQUINARIA.

 
CUANDO SE REDACTA UN ANEXO AL PLAN DE SEGURIDAD

¿CUANDO SE REDACTA UN ANEXO AL PLAN DE SEGURIDAD?

Un ANEXO al PLAN DE SEGURIDAD se redacta cuando hemos detectado esa carencia en el Plan de Seguridad.

El Plan de Seguridad, es un documento que para cualquier responsable de la obra,

Responsable además de la PREVENCION DE RIESGOS, y representante del constructor en obra (según la Ley, hecho éste que le vincula todas las responsabilidades de la constructora, de ahí la gran responsabilidad que asume un Jefe de Obra).

El Plan de Seguridad, es mucho más importante, de lo que pudiera parecer en un primer momento.

No es un tocho de páginas que debe figurar en una caseta de obra y ya.

Es un documento vivo que recoge TODO lo que tenemos que cumplir en obra en cuanto a PREVENCION DE RIESGOS.

Por lo tanto, a la hora de redactar el PLAN DE SEGURIDAD, se debería tener mucho más cuidado y atención, por parte de los SERVICIOS DE PREVENCION DE RIESGOS (propios o ajenos) encargados de esta tarea.

Y, por supuesto, colaborar con el equipo de obra designado, tanto para realizar dicho Plan de Seguridad, como en todas las cuestiones relacionadas con la PREVENCION DE RIESGOS en obra. Algo que todo hay que decirlo la mayoría cumple en obra nueva.

En obras de menor cuantía económica, o rehabilitaciones y reformas, se tiende a relajarse en estos aspectos, lo cual es un grave error.

Son muchos los Servicios de PREVENCION DE RIESGOS de obras menores o de reforma, que no aparecen en toda la obra, o en todas las obras de una empresa. La responsabilidad es tanto del constructor como de éstas entidades, y a mí el precio cobrado, no me parece que sea excusa, puesto que debería cobrarse el precio mínimo que permitiera desarrollar las funciones de un SERVICIO DE PREVENCION DE RIESGOS, y lo demás es dedicarse a rellenar trámites, mientras que la obra queda desatendida en este aspecto.

Recordar tan sólo

COMISION NACIONAL DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO
ANEXO II: NOTA INFORMATIVA SOBRE LAS OBLIGACIONES Y LOS CRITERIOS GENERALES DE PRL A SEGUIR POR LAS EMPRESAS PROMOTORAS Y CONTRATISTAS QUE REALIZAN OBRAS MENORES
CLIC AQUÍ PARA VER NOTA INFORMATIVA

Pero retomando la pregunta que da título a este apartado: ¿Cuándo se debe redactar un Anexo?

Siempre antes de acometer en la obra las actividades descritas en ese Anexo, o con utilización de equipos, maquinaria, medios auxiliares, sistemas constructivos, no descritos ni analizados en el Plan de Seguridad.

Es decir, si necesito una máquina, un equipo, o un andamio en mi obra para la realización de una o varias tareas, y éste no está en el Plan de Seguridad, tengo que hacer un Anexo.

Y tengo que hacerlo antes de que ese elemento que interviene en la ejecución de la obra se necesite en la misma (para no entorpecer su ritmo), ya que si no figura, no debe contar con él nunca en mi obra.

Además, con el tiempo suficiente no sólo para su redacción, sino para su aprobación debidamente cumplimentado, algo que tampoco lleva tanto tiempo, si las cosas se hacen bien.

Hablaremos sobre este aspecto un poco más adelante.

Si además la ejecución o el trabajo que vamos a llevar a cabo, conlleva u riesgo especial, un ANEXO al Plan cuando éste no tenga recogida y analizado los riesgos y su Prevención, será más que necesario.

 
QUIEN REDACTA UN ANEXO AL PLAN DE SEGURIDAD

¿QUIEN ES EL RESPONSABLE DE REDACTAR UN ANEXO AL PLAN DE SEGURIDAD?

El mismo que es responsable de la redacción del Plan de Seguridad, es decir, el contratista (a efectos prácticos el Servicio de PREVENCION DE RIESGOS en colaboración con el equipo de obra, para que no sea un copia-pega, sino un documento fiel reflejo de la obra, que recoja los riesgos que se pueden dar en ésta, y que determine las medidas a adoptar para evitarlos).

Claro que un Plan de Seguridad, no sólo es una implicación del constructor ya que:

  1. Debe estar basado en el Estudio (Básico o no) de Seguridad.
  2. Debe estar aprobado, antes del inicio de la obra, por el Coordinador de Seguridad. Lo que implica una revisión y detectar posibles carencias (que puedan dar lugar a un ANEXO).
  3. Pero como es un elemento vivo, y la obra puede modificarse o realizar actividades, en un inicio, no previstas, el ANEXO es la forma de ir adecuando dicho Plan de Seguridad a la realidad de la obra.
  4. Y sí, al igual que el Plan de Seguridad, un Anexo a éste, también debe ser aporbado por el Coordinador de Seguridad.

¿QUIEN ES EL RESPONSABLE DE APROBARLO?

RD 1627/1997 (Real Decreto 337/2010, de 19 de marzo, por el que se modifican el Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de los Servicios de Prevención; el Real Decreto 1109/2007, de 24 de agosto, por el que se desarrolla la Ley 32/2006, de 18 de octubre, reguladora de la subcontratación en el sector de la construcción y el Real Decreto 1627/1997, de 24 de octubre, por el que se establecen disposiciones mínimas de seguridad y salud en obras de construcción).

El plan de seguridad y salud deberá ser aprobado, antes del inicio de la obra, por el coordinador en materia de seguridad y de salud durante la ejecución de la obra.

En el caso de obras de las Administraciones públicas, el plan, con el correspondiente informe del coordinador en materia de seguridad y de salud durante la ejecución de la obra, se elevará para su aprobación a la Administración pública que haya adjudicado la obra

 

CUÁNDO SE DEBE APROBAR UN ANEXO AL PLAN DE SEGURIDAD

¿CUANDO SE DEBE APROBAR UN ANEXO?

Pues al igual que un Plan de Seguridad, siempre antes de llevar a cabo en la obra, lo recogido en éste.

Es decir, si se trata de una actividad: antes de realizarla.

Si se trata de una maquinaria, equipo, sistema, etc: antes de introducirlo en la obra.

PREVENCION DE RIESGOS; ¿QUIEN FIRMA UN ANEXO AL PLAN DE SEGURIDAD? 

  • El RESPONSABLE de su REDACCON: Constructor (Servicio de Prevención).
  • El RESPONSABLE de su APROBACION: El Coordinador de Seguridad y Salud.

Una vez aprobado el Anexo por el CSS se le debe hacer llegar al I.R.S.S.T, departamento de Seguridad y Salud Construcción (Autoridad Laboral), acompañado de:

  1. Anexo debidamente firmado.
  2. Acta de aprobación de dicho Anexo por parte del Coordinador de Seguridad.
  3. Normalmente, es el Servicio de Prevención el encargado de hacérselo llegar.

cómo se archiva un anexo al plan de seguridad

¿COMO SE ARCHIVA UN ANEXO?

Junto con el Plan de Seguridad.

Se archiva, preferiblemente grapado:

  1. El Anexo en sí.
  2. El Acta de Aprobación del mismo (CSS).
  3. El registro del mismo en el I.R.S.S.T

Accesible por tanto, a todas las personas que tengan acceso al Plan de Seguridad, es decir:

REAL DECRETO 1627/1997, de 24 de octubre, por el que se establecen disposiciones mínimas de seguridad y salud en las obras de construcción. BOE nº 256 25/10/1997
Artículo 7. Plan de seguridad y salud en el trabajo
4... Quienes intervengan en la ejecución de la obra, así como las personas u órganos con responsabilidades en materia de prevención en las empresas intervinientes en la misma y los representantes de los trabajadores, podrán presentar, por escrito y de forma razonada, las sugerencias y alternativas que estimen oportunas. A tal efecto, el plan de seguridad y salud estará en la obra a disposición permanente de los mismos.

qué debe incluir un anexo al plan de seguridad

¿Qué incluye un Anexo? Partes del Anexo al Plan de Seguridad. PREVENCION DE RIESGOS.

Debería ser tratado al igual que un Plan de Seguridad, pero focalizado en los aspectos objetos del Anexo.

Concretamente:

ÍNDICE:

  • Unidad de Obra.
  • Equipos Utilizados.

UNIDADES DE OBRA:

  • Descripción de la unidad de Obra detallada.
  • Procedimiento de Ejecución.
  • Identificación y evaluación de riesgos con la valoración de la eficacia de la prevención adoptada y aplicada en esta unidad de obra
  • Medidas preventivas y protecciones técnicas adoptadas, para controlar y reducir los riesgos anteriores
  • Definición de las Actividades de vigilancia del recurso preventivo.

EQUIPOS DE OBRA:

  • Identificación del equipo o maquinaria.
  • Cumplimiento para su uso en dicha obra de construcción (que cumplen las condiciones técnicas y de utilización que se determinan en el Anexo IV del R.D. 1627/97 asi como en su reglamentación especifica).
  • Descripción de las tareas donde se emplearán los equipos y maquinarias objetos del Anexo.
  • Descripción del procedimiento para su uso, y para la ejecución de la unidades de obra descritas en el punto anterior
  • Identificación de los riesgos propios de la maquinaria (o equipo).
  • Medidas Preventivas a adoptar.
  • Descripción de Medidas de Protección Colectivas.
  • Descripción de Medidas de Protección Individuales.
  • Descripción de las Actividades de vigilancia del recurso preventivo.
  • Normas de Seguridad en el Funcionamiento.
  • Supervisión y Mantenimiento, cuando proceda.

En los casos que sea necesario, apoyar lo anterior con documentación del tipo:

  • Croquis
  • Planos

 

Un Anexo bien hecho es un documento muy valioso, ya que puedes utilizarlo como Documento Información al Trabajador de sus derechos y obligaciones en Materia de Seguridad y Salud en la obra, sobre todo, infórmale de los riesgos que tiene al desempeñar su tarea, los equipos de protección que debe utilizar y para qué, tanto individual, como colectivo, y cómo actuar frente un accidente.

Por ejemplo, en el caso de entibaciones, excavaciones en mina, etc...

Hazlo no por rellenar burocracia, sino para que realmente le llegue al trabajador.

Infórmale sobre tu política sobre la Seguridad en la obra, los procedimientos que sigues en caso de no cumplir etc..

Esto no te llevará más de 10 minutos por cada grupo o equipo que entre en tu obra, y es muy efectivo.

No lo suele hacer nadie, así que para ellos supone una entrada en obra, diferente. Y que mejora el cumplmieto d ela normativa de seguridad.

Infórmales de su obligación de notificar cualquier fallo en las medidas de protección, así como cualquier situación potencial de riesgo.

Comúnicales lo que tienen que hacer cuando detecten fallos en la higiene o el estado de las casetas, etc..

Tú te preocupas por ellos, y ellos responderán.

Y si tienes un equipo de obra, delega de la forma correcta esta tarea en tu administrativo, o en tu jefe de producción.

Es una forma diferente de que todos vivan desde el principio la PREVENCION DE RIESGOS en obra.

Y entrégales su copia informativa de los riesgos en su trabajo y que te la firmen como que han recibido esa miniformación.

 

CÓMO REDACTAR UN ANEXO CUANDO NO SABES O NO ES UNA MAQUINARIA.

Siguiendo el esquema anterior es fácil.

Tan sólo tienes que interesarte por la ejecución

¿Cómo se hace?

La unidad de obra que estamos tratando ( y si es un equipo, es igual, ¿cómo se hace la unidad de obra dónde interviene ese equipo?).

Si no sabes investiga (pregunta, lee, busca información), no pares hasta no tener claro cómo se lleva a cabo. Además, esto es necesario para otras labores, de contratación, coordinación, etc.

Cuando lo sepas, imagina la realización de esa actividad en tu obra, al mismo tiempo, investiga los riesgos habituales propios de ese equipo o actividad.

Ahora ya tienes toda la información. Imagina la ejecución en tu obra, ¿se produce otro riesgo además de los que ya sabes?

¿Qué vas a hacer (que esté homologado y cumpla con la Ley) para evitar todos esos riesgos?

  1. Primero a nivel colectivo.
  2. Segundo a nivel individual.

Piensa la implantación de esas medidas lo que conllevará en tu obra, y PREPÁRALAS.

Y, por supuesto, prepara a tu equipo para esa implantación.

Se trata de evitar accidentes: se trata de trabajar en la PREVENCION DE RIESGOS.

CONCLUSIÓN:

El tema de los ANEXOS no es tan difícil de llevar en obra, en su día a día; sin embargo, es fundamental que lo llevemos al día. No sólo por cubrirnos las espaldas como responsables de la misma (ni como representantes en obra del constructor, según la Ley), sino porque es una forma más de trabajar en la PREVENCION DE RIESGOS tan necesaria en nuestras obras.

Además, como he dicho, no es tan difícil:

  • Antes del Inicio de Obra: Tan sólo tienes que realizar el Plan de Seguridad junto con el Servicio de Prevención (dictarle listado de procedimientos y equipos que habrá en tu obra), una vez sepas y hayas analizado la ejecución de la misma.
  • Durante la Ejecución de la Obra: Antes del Inicio de cada actividad, o antes de la entrada de cada equipo, revisar dicho Plan de Seguridad. ¿Está incluido en el mismo? SÍ: Ok. NO: haz un ANEXO.


De verdad, que no es tan trabajoso, tan sólo te llevará 5 minutos verificar su necesidad o su existencia, o menos. Y te aportará muchos beneficios, algunos de los cuales son:

 

  • Tener prevista la PREVENCION DE RIESGOS.
  • Evitar accidentes, o por lo menos, dotar tu obra de las protecciones y medidas adecuadas.
  • Cumplir con tu responsabilidad.
  • Hacer cumplir a los demás con su responsabilidad.
  • Formar e Informar a los trabajadores de tu obra, propios o ajenos, sobre materia de Seguridad y Salud en la Obra.
  • Escuchar a los trabajadores en materia de Seguridad y Salud y mejorar ésta, reduciendo y minimizando accidentes en la misma.
  • Evitar sanciones a tu empresa.
  • Dar buena imagen delante del Coordinador de Seguridad.
  • Dar buena imagen delante del Servicio de Prevención (y de tu empresa).

¿Estás de acuerdo conmigo?

¿Cómo llevas los ANEXOS al Plan de Seguridad en Tu Obra?

Y la PREVENCION DE RIESGOS, ¿Cómo la desarrollas, o piensas desarrollar en tu obra?

 

Firma artículos Isaura Ardila

    2 replies to "PREVENCION DE RIESGOS. ANEXOS PLAN DE SEGURIDAD."

    • Carles Gea

      Hola,
      quisiera hacerte una consulta. Un Anexo al Plan de Seguridad puede llevar presupuesto de la ampliación o modificación que se prevé?
      saludos.

      • Isaura Ardila

        Muy buena pregunta, por sí solo, no es habitual. Si lo enfocas añadiéndolo a un precio contradictorio de la nueva unidad a ejecutar (por eso no está en el PSS, se entiende), sí se puede y debe hacer. Y es más fácil defenderlo, sobre todo, cuando es un coste sustancial en cuanto a medidas de seguridad.
        Si por el contrario, es un coste no considerado en indirectos y no hay unidad nueva, es diferente.
        Un saludo, Carles

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